El Gobierno nacional eliminó el régimen de compensaciones económicas que recibían las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad, pacientes trasplantados y niños y adolescentes con cáncer. La medida fue oficializada este martes mediante una resolución de la Secretaría de Transporte de la Nación publicada en el Boletín Oficial.
La decisión deroga el esquema vigente desde 2018 que contemplaba subsidios parciales para las compañías de transporte automotor interjurisdiccional por la entrega de boletos sin cargo establecidos en las leyes nacionales 22.431, 26.928 y 27.674.
Desde el Ejecutivo argumentaron que las modificaciones introducidas por el decreto 883/2024 cambiaron las condiciones del sector, al habilitar un sistema de mayor desregulación, libertad tarifaria y flexibilización de recorridos y frecuencias.
Según sostuvieron en la resolución oficial, el nuevo escenario eliminó las razones que justificaban las compensaciones estatales a las empresas, ya que las firmas ahora cuentan con herramientas para absorber esos costos dentro de su estructura económica.
No obstante, el Gobierno aclaró que continuará vigente el derecho de las personas beneficiarias a acceder a pasajes gratuitos en servicios de larga distancia.
De esta manera, las empresas seguirán obligadas a otorgar boletos sin cargo a personas con discapacidad, pacientes trasplantados o en lista de espera del Incucai y niños, niñas y adolescentes con cáncer, tal como establece la legislación actual.
Además, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte continuará realizando tareas de control y fiscalización para verificar el cumplimiento de la entrega de pasajes gratuitos.
En los fundamentos de la medida, el Ejecutivo sostuvo que el esquema de subsidios había sido creado en un contexto de fuerte regulación estatal sobre tarifas y servicios, situación que, según planteó, quedó modificada con el nuevo modelo de apertura y competencia en el transporte automotor de pasajeros.
