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Fallo que prohíbe difundir audios de Karina Milei desata críticas por censura previa

Fallo que prohíbe difundir audios de Karina Milei desata críticas por censura previa

El reciente fallo del juez federal Alejandro Maraniello, que prohíbe la difusión en medios de comunicación de audios atribuidos a Karina Milei, secretaria general de la Presidencia, generó una fuerte reacción en el ámbito jurídico. La medida cautelar, solicitada por el Gobierno nacional, fue calificada por expertos como un caso de censura previa, prohibido por la Constitución Nacional y tratados internacionales.

Desde la Asociación Argentina de Derecho Constitucional (AADC), el abogado Jorge Orgaz advirtió que “una cautelar sin plazo y sin sujeto pasivo que impone la censura previa a la función periodística, afecta el pleno ejercicio de la libertad de expresión como un derecho colectivo y sostén fundamental del sistema democrático”.

ESCUCHA LA NOTA COMPLETA Jorge Orgaz en Para Temprano es Tarde con Guille Romero

Orgaz señaló que la resolución judicial transgrede normas constitucionales e internacionales, como el Pacto de San José de Costa Rica, y afecta directamente el derecho de los periodistas a informar y de los ciudadanos a ser informados. “No tengo memoria en los últimos años de democracia en la Argentina de una medida judicial que censura previamente al periodismo, en primer lugar, y al resto de los ciudadanos”, afirmó.

El contenido de los audios —según trascendidos— involucra presuntos manejos de recursos públicos, lo que desde la óptica periodística constituye información de interés público. Por ello, limitar su difusión podría restringir el control ciudadano sobre los actos del poder.

Otros constitucionalistas como Daniel Sabsay, Cristian Cao y Félix Lonigro también se pronunciaron en contra del fallo, señalando que la libertad de expresión “no puede ser reglamentada sin caer en censura previa”. El exjuez de la Corte Suprema Juan Carlos Maqueda calificó la sentencia como “vergonzosa” y sostuvo que “dejar de lado la jurisprudencia tradicional de la Corte sobre libertad de expresión es una anomalía jurídica”.

La medida será revisada por la Cámara de Apelaciones, y podría llegar a la Corte Suprema, donde especialistas anticipan que la jurisprudencia vigente podría revertir el fallo.

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